Extranjeria
La Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre (11/2003, de 29 de septiembre, y 14/2003, de 20 de noviembre), resulta ser el cuadro regulatorio general para poder analizar los derechos y deberes de aquellas personas que pretendan radicarse a en España a vivir y/o trabajar, estudiar o comenzar una nueva etapa de vida.
Esta norma, que además es desarrollada por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, nos brinda un amplio desarrollo de estos derechos que subyacen al extranjero en su intención de vida en España.
Asuntos asumidos
Somos conscientes de la necesidad social que existe a día de hoy en nuestra sociedad, y como tal, nos hemos especializado en gran medida, en la solución de medidas integrales para los extranjeros, siempre amparado en una base legal y contundente a tal efecto.
En esta línea, somos especialistas en las siguientes materias de extranjería:
- Entrada de extranjeros en España
- Cartas de Invitación
- Arraigos sociales, Laborales, para la formación
- Adquisición nacionalidad para nietos de españoles
- Matrimonios
- Parejas de hecho
- Nacionalidades
Podemos ayudarte
Si ya iniciaste por tu propia cuenta, y la misma resolución ha sido denegada, podemos apelar bajo los siguientes criterios según proceda:
- Recursos contra resolución denegatoria de visado
- Recursos contra orden de Expulsión
- Procedimiento Contencioso Administrativo